Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Empresas de servicios públicos deben respetar el debido proceso al imponer sanciones a los usuarios (9:20 a.m.)

83587

01 de Noviembre de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Las empresas de servicios públicos están facultadas legal y convencionalmente para cobrar los consumos no registrados derivados de anomalías en los equipos de medición y otras instalaciones e imponer por ello las sanciones pecuniarias a que haya lugar. Pero para el ejercicio de esta facultad deben respetar el derecho al debido proceso y a la defensa del usuario, quien debe tener la oportunidad, antes de que se tomen esas decisiones, de presentar los descargos respectivos. Así lo señaló el Consejo de Estado al confirmar la nulidad de una sanción impuesta por una empresa a un usuario que no estuvo presente durante la visita de revisión técnica y se enteró de la sanción cuando le fue impuesta, sin haber podido defenderse ante la entidad. De esta manera, se reiteró la jurisprudencia que ha determinado que aunque en estos casos la responsabilidad es objetiva, también ha aceptado que no es así cuando las revisiones se realizan a espaldas del usuario (C.P. Marco Antonio Velilla Moreno).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)