Empleados públicos del nivel profesional no tienen derecho al reconocimiento y pago de horas extras
05 de Mayo de 2021
Reproducir
Nota:
120285
El reconocimiento y pago de horas extras a empleados públicos solo se autoriza para aquellos que pertenecen al nivel técnico hasta el grado 9 o al nivel asistencial hasta el grado 19, por lo que los empleados públicos que pertenecen al nivel profesional no tienen derecho al reconocimiento y pago de horas extras, aunque estén en comisión de servicios por fuera de la jornada laboral, precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública. La comisión de servicios, recordó, es la situación administrativa en virtud de la cual se ejercen temporalmente las funciones propias del cargo en lugares diferentes a la sede habitual de trabajo o se atienden transitoriamente actividades oficiales distintas a las inherentes al empleo del que se es titular, no genera vacancia del empleo, puede dar lugar al pago de viáticos y gastos de transporte (según la comisión) y el comisionado tiene derecho a la remuneración del cargo del cual es titular. Por otro lado, el acto administrativo que se expide para el otorgamiento de una comisión de servicios a un empleado o servidor público debe contener el objeto de la comisión, si procede o no el reconocimiento de viáticos y el tiempo por el cual se va a otorgar.
Opina, Comenta