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Actualizado hace 51 seconds | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Consejo de Estado explica votación en blanco requerida para repetir elecciones (9:43 a.m.)

24 de Julio de 2015

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Nota:
102029
Cuando la votación en blanco constituye el mayor número de votos frente a la totalidad de los registrados en las listas inscritas, esto invalida la elección e impone la realización de nuevos comicios. Según la Sección Quinta del Consejo de Estado, tal mayoría no la representa la mayor votación con respecto a cada candidato o lista, ya que el parámetro fijado es que la votación en blanco debe ser la mayoría en relación con los votos válidos. Por el contrario, comparar tan solo la votación en blanco con la que la obtuvo la mayor votación o cualquiera de las demás listas inscritas desconocería un porcentaje importe que debe computarse para efectos de validez, resaltó la corporación. En conclusión, el poder invalidante del voto en blanco no se consolida por superar esta opción a las listas individualmente consideradas. De otro lado, señaló que la asignación de curules en la Cámara de Representantes por la circunscripción especial de afrodescendientes se realiza bajo el sistema de cuociente electoral, esto es, dividiendo la votación total válida en el número de puestos a suplir, pero teniendo en cuenta que en la distribución de curules solo pueden participar la listas que superen en votos el 30 % de ese cuociente. Por otra parte, afirmó que, en el marco de la acción electoral, la muerte de una de las partes no impide adoptar una decisión de fondo sobre la pretensión de legalidad a que fue sometido el acto de elección. Por todo esto, luego del examen de las causales objetivas planteadas en la demanda, el alto tribunal negó la nulidad de la Resolución 2528 del 2014, que declaró la elección de los representantes a la Cámara por la circunscripción especial de afrodescendientes, periodo 2014 – 2018. Sin embargo, el fallo no levantó la suspensión de tal acto, ordenada en el proceso que definirá las demandas acumuladas de las elecciones correspondientes, sustentadas en causales subjetivas (C. P. Lucy Jeannette Bermúdez).

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