El despido no es necesariamente una medida sancionatoria (4:10 p.m.)
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05 de Mayo de 2015
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Así lo manifestó la Corte Suprema de Justicia, al desestimar que la terminación del contrato laboral con justa causa exija agotar el procedimiento del Código Disciplinario Único (Ley 734 del 2002). En ese sentido, indicó cómo desde el 2006 ha venido sosteniendo que el despido por las causales del Decreto 2127 de 1945 no es una medida sancionatoria en estricto sentido y precisó que así lo concluyó la misma Sala en la Sentencia 35766 del 2013 (M. P. Clara Cecilia Dueñas).
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