Ejecutivo puede modificar la estructura de la Superintendencia de Notariado y Registro (11:40 a.m.)
11 de Enero de 2012
Reproducir
Nota:
78439
El artículo 189 de la Constitución autoriza al Presidente de la República para modificar la estructura de los ministerios, departamentos administrativos y demás entidades y organismos administrativos de carácter nacional, entre los que se encuentra la Superintendencia de Notariado y Registro. Así lo explicó el Consejo de Estado, al negar la nulidad de los Decretos 302 y 303 del 2004, que modificaron la estructura de esa superintendencia y adoptaron su planta de personal. El Consejo precisó que los decretos modificaron la organización interna de la entidad, pero no reglamentaron el servicio, que sí es una función exclusiva del legislador (M.P. Bertha Lucía Ramírez).
Opina, Comenta