Servicios de salud y riesgos profesionales del estudiante universitario que realiza práctica deben estar cubiertos (1:38 p.m.)
14 de Septiembre de 2011
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Nota:
75167
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 2376 del 2010, por el cual se establecen condiciones para suscribir convenios de formación de profesionales de la salud, todos los estudiantes de áreas relacionadas deben estar cubiertos por pólizas, a cargo de la institución universitaria o de los servicios de salud donde realicen el entrenamiento, conforme lo hayan acordado las partes, sin que estén a cargo del estudiante, señaló el Ministerio de la Protección Social. Por el contrario, si se trata de una pasantía remunerada a través de un contrato de servicios, el estudiante está en la obligación legal de cotizar al sistema de seguridad social, en calidad de trabajador independiente, sobre los recursos provenientes de la pasantía, los cuales no pueden ser inferiores a un salario mínimo mensual vigente.
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