Microbiólogos no requieren presentar tarjeta profesional para desempeñar su profesión
22 de Julio de 2020
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Nota:
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De acuerdo con lo previsto en la Ley 44 de 1971, para desempeñar la profesión de microbiólogo solo se exige el respectivo título profesional debidamente expedido por una universidad autorizada para ofertar el programa o debidamente convalidado, además de la inscripción ante la secretaría de salud departamental o distrital del lugar donde vaya a ejercer el profesional. Por lo tanto, precisó el Ministerio de Educación, no es necesaria la tarjeta profesional, pues el legislador no lo ha previsto así. Cabe agregar que se entiende por profesión paramédica de microbiólogo y laboralista clínico la aplicación de procedimientos o métodos que sirvan de ayuda a médico en el diagnóstico, pronóstico, prevención y tratamiento de las enfermedades.
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