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Estudiante en el extranjero no puede afiliarse como beneficiario en régimen contributivo
04 de Enero de 2013
Los estudiantes de instituciones de educación superior del extranjero no pueden afiliarse como beneficiarios de un cotizante en el régimen contributivo, pues no podrían demostrar escolaridad a través de una institución aprobada por el Ministerio de Educación o la autoridad colombiana delegada para ello, precisó el Ministerio de Salud.
En este caso, el interesado debe analizar la posibilidad de afiliar a sus hijos a través del pago de la unidad de pago por capitación adicional, precisó la entidad.
El ministerio recordó que, según el Decreto 806 de 1998, solo los hijos entre los 18 y los 25 años de edad del afiliado cotizante o subsidiado están sujetos a la cobertura familiar, si estudian en una institución que ofrezca educación formal básica o media o en una institución de educación superior debidamente aprobada por el Ministerio de Educación.
Por último, advirtió que si el cotizante considera que la EPS desconoció el debido proceso en el trámite de desafiliación de sus hijos, y con ello se puso en riesgo su salud y la vida, puede formular la queja formal ante la Superintendencia Nacional de Salud, que efectuará las investigaciones y aplicará las sanciones a que haya lugar.
(Ministerio de Salud, Concepto 212251, sep. 24/12)
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