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Actualizado hace 7 hours | ISSN: 2805-6396

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Comités de convivencia escolar pueden dirimir conflictos sobre uso de teléfonos celulares en las aulas

01 de Octubre de 2018

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Los establecimientos educativos son autónomos en definir en los manuales de convivencia las reglas y procedimientos aplicables a estudiantes y educadores, de manera razonable, proporcionada y pedagógica, dentro de las cuales podría disponer alguna relativa al uso de teléfonos celulares en las aulas, siempre y cuando la misma sea aprobada conforme a los requisitos y el procedimiento establecido para modificar el respectivo manual de convivencia.

 

Así mismo, indicó el Ministerio de Educación, los representantes legales de los menores de edad, con el acto o contrato de matrícula, se obligan con el cumplimiento de los parámetros fijados por la institución.

 

El comité de convivencia escolar, por su parte, se creó para que padres, estudiantes, docentes y directivos puedan identificar y dirimir diferencias o situaciones conflictivas, como sería el caso de acordar las horas adecuadas para el uso de estos dispositivos móviles.

 

Funciones del comité de convivencia

 

El Ministerio relacionó en el documento algunas de las más importantes funciones de esta instancia escolar:

 

  1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, estudiantes y docentes. (Lea: Explican las acciones imprudentes en caso de estudiante que dejó a otra en silla de ruedas)

     
  2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así como la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

     
  3. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar.

     
  4. Activar la ruta de atención integral para la convivencia escolar definida en el artículo 29 de la Ley 1620 del 2013.

     

Por último, es bueno recordar que dichos comités deben analizar y visibilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo educativo y la articulación de diferentes áreas de estudio que permitan mejores resultados en la construcción de ciudadanía.

 

Mineducación, Concepto 137104, Sep. 03/18.

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