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Actualizado hace 14 hours | ISSN: 2805-6396

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Dian publica pautas para el manejo de las finanzas en campañas políticas del 2023

07 de Marzo de 2023

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Medidas de orden público que regirán para las elecciones del próximo 13 de marzo (Registraduría)

Como parte de sus funciones en la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) entregó una guía para que todos los actores que participen en las próximas elecciones regionales (29 de octubre) conozcan al detalle sus obligaciones tributarias.  

La entidad, que junto a otras 12 instituciones hace parte de la subcomisión de financiación de campañas, asegura que las recomendaciones están encaminadas a prevenir la financiación prohibida y fortalecer los mecanismos de transparencia sobre gastos y aportes.

En la guía se tratan temas relacionados con los requisitos de documentos soporte o facturas de gastos de campaña, tratamiento fiscal de las diferentes contribuciones a partidos políticos o candidatos, obligaciones de los agentes de retención en la fuente y obligaciones formales de los partidos políticos, entre otros. (Lea: Corte Constitucional podrá suspender leyes que produzcan efectos irremediables

  

Recomendaciones de la Dian a partidos y candidatos 

  

Según la Dian, lo primero a tener en cuenta es que los partidos con personería jurídica aprobada por el Consejo Nacional Electoral no son entidades no contribuyentes declarantes, lo cual no los exime del control de la entidad. Por ejemplo, los movimientos políticos están obligados a llevar libros de contabilidad y presentar la declaración de ingresos y patrimonio. 

También están obligados a presentar información exógena si así lo dispone el director de Impuestos Nacionales. En cuanto a las donaciones a campañas, la Dian establece que deberán informar el monto de la donación certificada, tipo de persona donante y su documento, así como los nombres o razón social del donante. Esta información deberá consignarse en el Formato 2575, versión 1.  

  

“Las donaciones para partidos, movimientos y campañas políticas (...) no constituyen renta ni ganancia ocasional para el beneficiario si se demuestra que han sido utilizadas en estas actividades”, aclara la DIAN.  

Por otra parte, los partidos están obligados a expedir factura, en caso de ser necesario, con la descripción específica del servicio prestado y un sistema de numeración consecutiva. Para solicitar impuestos descontables deberán presentar los documentos soportes establecidos en el Estatuto Tributario.   

Finalmente, al tratarse de agentes retenedores del impuesto sobre la renta, los partidos políticos deberán efectuar la retención, consignar lo retenido y declarar la información mensualmente. (LeaAbierta convocatoria de concurso de méritos para 4.700 cargos en la Dian

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