Departamentos girarán directamente los recursos a las IPS para la financiación del régimen subsidiado (4:28 p.m.)
16 de Agosto de 2012
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Nota:
83002
Mediante el Decreto 1713, el Ministerio de Salud estableció que los departamentos podrán girar directamente a las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) los recursos destinados a la financiación del régimen subsidiado. De acuerdo con la disposición de la cartera de Salud, este giro se hará dentro de los 10 primeros días hábiles de cada mes, con base en la información que para el efecto deberá reportar la respectiva entidad prestadora de salud (EPS) y aplicando el procedimiento que para ello defina el ministerio. Además, aclara que los departamentos que no se acojan al mecanismo de giro directo, deberán girar dichos recursos durante los cinco primeros días hábiles del mes a la cuenta maestra del municipio.
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