Demandan norma que prohíbe actos sexuales o de exhibicionismo que molesten a la comunidad
15 de Septiembre de 2022
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Nota:
149889
La Corte Constitucional admitió una demanda en contra de apartes del literal b), numeral 2, del artículo 33 de la Ley 1801 del 2016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana).
De acuerdo con el demandante, el concepto de comunidad es impreciso, por lo que a su parecer se viola el principio de legalidad en su modalidad típica, consagrada en el artículo 29 de la Constitución.
Por otro lado, indica que la manera como está escrita la norma deja al juez la potestad de determinar qué conducta podría o no ser sancionada y, por lo tanto, cada funcionario la aplicaría a su arbitrio (Demandante: Julián Ricardo Valencia Montoya).
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