Definen el procedimiento para que notarios ejerzan el derecho de preferencia (12:05 p.m.)
11 de Febrero de 2020
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Nota:
115175
Los notarios de carrera interesados en ejercer el derecho de preferencia y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 6 del Decreto 2054 del 2014 podrán presentar sus solicitudes a la Secretaría Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación efectuada en la página web de la Superintendencia de Notariado. Cualquier solicitud que no sea presentada con plena identificación de la notaría vacante y que no se radique dentro del término señalado anteriormente será rechazada de plano. Las solicitudes se entenderán radicadas en medio físico o por medio electrónico institucional hasta el vencimiento del último día hábil del plazo. Vencido el término anterior, la secretaría técnica contará hasta con cinco días hábiles para estudiar la totalidad de las solicitudes que se hayan presentado. Si existen dos o más que cumplan los requisitos, primará aquella presentada por el notario que haya ingresado primero a la carrera sin considerar la categoría con la cual ingresó a esta. La norma también define los criterios de desempate, publicación de resultados, comunicación y aceptación por parte del notario y el trámite de nombramiento.
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