Definen condiciones para el acceso de entidades públicas a las bases de datos de la Registraduría Nacional (11:00 a.m.)
19 de Abril de 2013
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Nota:
88180
La Registraduría Nacional del Estado Civil reglamentó las condiciones y el procedimiento para el acceso de las entidades públicas a las bases de datos de información que produce y administra. Dichas entidades deberán presentar solicitud escrita, indicando el tipo de información requerida, el propósito y las razones en que se fundamenta su necesidad de acceder a ella, las cuales deben estar relacionadas con la función pública que desarrollan. Por su parte, la autoridad electoral deberá permitir el acceso dentro de los 30 días siguientes al cumplimiento de los requisitos exigidos. Finalmente, indicó que el plazo de acceso y consulta será estipulado de común acuerdo por las partes y estará sometido a las limitaciones presupuestales que permitan el mantenimiento o contratación de los servicios de hosting.
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