Precisiones sobre el otorgamiento y uso de los distintivos de las fuerzas militares (3:00 p.m.)
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29 de Abril de 2019
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Si bien el artículo 38 de la Ley 1862 del 2017 dispuso que el otorgamiento y uso de los distintivos de las fuerzas militares se regiría por el reglamento vigente que exista sobre el particular, no estableció el funcionario competente para expedir dicha reglamentación, como sí lo hacía la Ley 836 del 2003; por lo tanto, el Ministerio de Defensa acaba de facultar al Comandante General de las Fuerzas Militares para que regule la materia de acuerdo a las necesidades del servicio, pues ostenta el grado más alto dentro de las fuerzas militares y quien tiene la responsabilidad del direccionamiento estratégico de las mismas.
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