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03 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 6 horas | ISSN: 2805-6396

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Estas son las medidas de orden público para las elecciones presidenciales

23 de Mayo de 2018

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El Ministerio del Interior acaba de expedir el decreto que define medidas para la conservación del orden público durante la elección de Presidente y Vicepresidente de la República, a realizarse este fin de semana. (Lea: Consulte si fue designado como jurado de votación para elecciones presidenciales)

 

Estas son las principales medidas adoptadas

 

‘Ley seca’

 

La ‘ley seca’ con motivo de las votaciones presidenciales en primera vuelta, el 27 de mayo, y si hay segunda vuelta el 17 de junio del 2018, regirá desde las 6:00 p. m. del sábado 26 de mayo hasta las 6:00 a. m. del lunes 28 y desde las 6:00 p. m. del sábado 16 de junio hasta las 6:00 a. m. del lunes 18, respectivamente.

 

La norma precisa que los gobernadores y alcaldes podrán ampliar dicho periodo para prevenir posibles alteraciones de orden público. Igualmente podrán decretar el toque de queda con el mismo propósito. (Lea: Estos son los delitos electorales contemplados en el Código Penal)

 

Cierre de pasos terrestres y fluviales fronterizos

 

  1. Los cierres autorizados de frontera se realizará entre las 00:00 horas del 26 de mayo hasta las 4 de la tarde del 27 de mayo.

     
  2. Para el paso fronterizo con Venezuela, el decreto señala que su cierre se hará efectivo desde las 00:00 horas del 24 de mayo hasta las 00:00 horas del 28 de mayo.

 

Porte de armas

 

Además, se ordena a las autoridades militares adoptar las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos de porte de armas en todo el territorio nacional, desde el viernes 25 y hasta miércoles 30 de mayo para la primera vuelta y desde el viernes 15 hasta el miércoles 20 de junio para la segunda vuelta, sin perjuicio de las respectivas autorizaciones especiales.

 

La norma también dispone el cierre de pasos terrestres y fluviales fronterizos entre las 0:00 horas del 26 hasta las 4:00 p. m. del 27 de mayo. Sin embargo, para la frontera con Venezuela dicho cierre irá desde el 24 hasta el 28 de mayo

 

Uso de celulares y cámaras en los puestos de votación

 

No se podrán usar dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video entre las 8:00 a. m. y las 4:00 p. m., salvo los medios de comunicación debidamente identificados. A partir de la 4:00 p. m. inician los escrutinios y es responsabilidad de la organización electoral garantizar que los testigos electorales ejerzan la vigilancia del proceso a través de las facultades otorgadas en la ley, para ello recibirán copia de las actas de escrutinio y podrán hacer uso de cámaras fotográficas o de video.

 

Tránsito de vehículos automotores y de transporte fluvial

 

Los gobernadores y/o los alcaldes podrán restringir la circulación de vehículos automotores, embarcaciones, motocicletas o de estas con acompañantes, durante el periodo que se estime conveniente, con el objeto de prevenir posibles alteraciones del orden público.

 

También adoptarán las medidas necesarias para autorizar rutas, frecuencias y horarios de carácter intermunicipal, urbana y veredal, que garanticen la movilización y traslado de los ciudadanos a los centros de votación, las que se deberán dar a conocer con la debida anticipación a la ciudadanía y estarán obligados a controlar la operatividad durante ese día.

 

Delegados del Gobierno

 

Por último, a través del Ministerio del Interior, el Gobierno designó para cada uno de los departamentos y para Bogotá un funcionario del nivel nacional, quien el día de las elecciones deberá realizar el seguimiento del proceso electoral, observar el comportamiento de los servidores públicos, los organismos de control y vigilancia y las autoridades nacionales, departamentales y municipales; informar a las autoridades nacionales sobre el desarrollo del proceso electoral y transmitir a las autoridades competentes sus observaciones y recomendaciones.

 

Mininterior, Decreto 0847, 18/05/18

 

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