Decretos reglamentarios únicos Definen condiciones para otorgar certificados de inversión audiovisual a obras no nacionales
115982
26 de Marzo de 2020
Escucha esta noticia audio generado con IA
Por medio del Decreto 474, del pasado 25 de marzo, el Ministerio de Cultura adicionó el Decreto 1080 del 2015 (DUR del sector Cultura), en el sentido de definir las condiciones mediante las cuales pueden otorgarse los certificados de inversión audiovisual, el contenido y su forma de circulación. De acuerdo con la norma, las obras audiovisuales no nacionales de cualquier género o formato, producidas o postproducidas en Colombia de manera total o parcial, cuando sean previamente aprobadas por el Comité de Promoción Fílmica de Colombia, darán derecho a la solicitud de un certificado de inversión audiovisual en Colombia, descontable del impuesto sobre la renta hasta por un valor equivalente al 35 % del valor de la inversión que realicen en Colombia.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!