Decisión sobre el espacio público debe ser consultada previamente con la comunidad que pueda resultar afectada directamente (2:58 p.m.)
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22 de Noviembre de 2012
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La Corte Constitucional reiteró la importancia de realizar la consulta previa, permitir la participación u obtener el consentimiento de las comunidades negras e indígenas, según corresponda, cuando la autoridad pública tome decisiones que puedan vulnerar sus derechos. Según el fallo, la afectación directa a estos grupos, que exige realizar la consulta, puede derivarse de la implantación de medidas tendientes al uso del espacio público, si no se les permite defender su autodeterminación. Por otra parte, la corporación recordó que la existencia de estas comunidades es una cuestión material, que no depende del reconocimiento estatal. Con estos argumentos, concluyó que la Dirección General Marítima de la Capitanía de Puerto de Cartagena (Dimar) violó el derecho a la consulta previa de la comunidad afrodescendiente de La Boquilla, por otorgar la concesión sobre el sector de la playa de Cielo Mar a un hotel, lo que afectó directamente a este grupo, pues era usado por para el turismo y otras actividades (M. P. María Victoria Calle).
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