14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Crean comisión intersectorial de la política nacional de cuidado

19 de Julio de 2022

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Nota:
146649

Con el Decreto 1228, el Departamento Nacional de Planeación creó una comisión intersectorial que permitirá la coordinación y articulación de la gestión de la política nacional de cuidado, teniendo en cuenta los principios dispuestos en sus fundamentos técnicos y en articulación con otros sistemas e instancias, para garantizar los derechos de la población cuidadora y la población sujeta de cuidado.

 

Según estipula la normativa, la Comisión desempeñará las siguientes funciones:

 

  1. Definir los lineamientos técnicos y las estrategias para la implementación de la Política Nacional de Cuidado.
     
  2. Definir mecanismos para la adopción de lineamientos y buenas prácticas establecidas por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), como rector y regulador del Sistema Estadístico Nacional (SEN), para la generación de información estadística oficial relacionada con la política nacional de cuidado.
     
  3. Hacer seguimiento al plan de acción de la política, a las metas y al cumplimiento de los compromisos que asuman las entidades en el marco de lo definido por la comisión.
     
  4. Fomentar el intercambio de experiencias y la implementación de mecanismos de cooperación entre entidades territoriales, nacionales e internacionales en materias relacionadas con la política nacional de cuidado.
     
  5. Solicitar la elaboración de estudios, investigaciones y generación de conocimiento en torno al cuidado, a los actores públicos o privados que se considere pertinentes.
     
  6. Expedir su propio reglamento.

Para el cumplimiento de sus funciones, la secretaría técnica de la Comisión podrá solicitar informes a las entidades integrantes de la misma, los cuales deben ser presentados de manera oportuna, completa y en las fechas y términos que sean aprobados por los miembros de esta. 

Es importante mencionar que dicha entidad podrá crear grupos de trabajo, cuando así lo estime necesario, para realizar los análisis requeridos para el cumplimiento de su objeto; el funcionamiento del mismo deberá quedar establecido en el reglamento interno.

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