Corte se inhibe en demanda sobre ingresos al sector justicia provenientes de Supernotariado
23 de Abril de 2021
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Nota:
120445
Una ciudadana había demandado los artículos 1 (parcial), 13 y 13A de la Ley 55 de 1985, referentes a los recursos de destinación especial para el sector justicia provenientes de los ingresos de la Superintendencia de Notariado y Registro. Según la accionante, las disposiciones eran inconstitucionales dado que las inversiones a las que la ley destinó estos ingresos “no tenían por objeto recuperar los costos del servicio registral”. La Corte decidió inhibirse de emitir pronunciamiento de fondo al considerar, respecto del cargo en contra del artículo 1 acusado, que la demanda carecía de certeza porque se basaba “en una interpretación incorrecta de la norma acusada, la cual atribuye competencia al [CONPES] para determinar las rentas susceptibles de reasignación, pero no regula de manera específica lo concerniente a la redistribución de los recursos de la superintendencia aludida”. La Sala tampoco encontró satisfechos los requisitos de certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos de la demanda en contra de los artículos 13 y 13A por la presunta violación de los artículos 131, 150.7 y 338 de la Constitución. Ello por cuanto, “partía[n] de una interpretación subjetiva de las normas demandadas, no precisaba[n] el concepto de la vulneración, se basaba[n] en una regla que no se derivaba de [dichos artículos de la Constitución] y la argumentación no generaba sospecha tan siquiera sumaria sobre la constitucionalidad de los preceptos acusados” (M. P. Alejandro Linares Cantillo).
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