Corte se inhibe de pronunciarse en demanda contra normas electorales del decreto de depuración de trámites
24 de Marzo de 2021
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Nota:
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Esa fue la decisión a la que arribó la Corporación luego de encontrar que la demanda no era apta sustancialmente para emitir un pronunciamiento de fondo. El accionante fue el actual registrador Nacional, Alexander Vega Rocha, quien demandó el Decreto Ley 2106 del 2019, mediante el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios dentro de la administración. Concretamente, acusó a los artículos 9, 10, 11, 12 y 13 de vulnerar el artículo 121 de la Constitución Política, por cuanto presuntamente constituían una extralimitación a las facultades extraordinarias otorgadas al Ejecutivo a través del artículo 333 del Plan Nacional de Desarrollo. Igualmente los acusó de violar el artículo 113 constitucional referente al equilibrio de poderes, a la colaboración armónica entre estos así como la autonomía y las funciones asignadas a la Registraduría Nacional de acuerdo con los artículos 113, 120, 208, 209 y 266 superiores. Los artículos demandados tratan sobre servicios ciudadanos digitales, interoperabilidad de las autoridades electorales respecto de estos servicios y acceso a identificación por parte de las entidades públicas. Para la sala la demanda no cumplía los requisitos necesarios para poder hacer un estudio de los cargos de inconstitucionalidad en tanto se basaba en interpretaciones subjetivas de los textos demandados (certeza), los argumentos eran genéricos (especificidad) y no eran lo suficientemente persuasivos (suficiencia) ni tampoco planteaban un problema de constitucionalidad (pertinencia). El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar salvó su voto mientras que la magistrada Cristina Pardo Schlesinger lo aclaró (M. P. Antonio José Lizarazo Ocampo).
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