Corte Constitucional respaldó norma que establece las zonas excluidas de la minería (3:38 p.m.)
15 de Abril de 2011
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Nota:
72766
La Corte Constitucional declaró exequible el artículo 3 de la ley que reformó el Código de Minas (Ley 1382 del 2010), por estimar que durante su trámite en el Congreso no se desconocieron los principios de consecutividad e identidad. El aparte normativo, que regula lo referente a las zonas excluidas de la minería fue introducido en su trámite en la Cámara de Representantes, sin que se incluyera un texto específico al respecto en el trámite ante el Senado de la República. Sin embargo, la corte señaló que en el segundo debate en el Senado se incluyó una modificación sobre zonas ambientalmente protegidas que debían quedar excluidas de manera expresa de la posibilidad de explotación minera, y el tema siempre estuvo presente en las discusiones en todos los debates. Dicho texto fue modificado en la Comisión Quinta de la Cámara, dentro de su potestad legislativa, y luego la plenaria de la Cámara hizo lo suyo. Finalmente, la comisión conciliadora elaboró un texto que fue aprobado por las dos plenarias, por lo que la disposición no era ajena al sentido y finalidad del proyecto de ley (M. P. María Victoria Calle).
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