Corte Constitucional recuerda restricciones en uso de tutela contra sentencias judiciales (12:22 p.m.)
03 de Enero de 2013
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Nota:
85820
La Corte Constitucional recordó que acudir a la tutela como mecanismo para atacar sentencias judiciales impone ciertas restricciones y no revive los términos para interponer recursos que fueron rechazados por la extemporaneidad de su presentación. A través de una acción de amparo constitucional, cuyo contenido fue dado a conocer en los últimos días, la Sala Quinta de Revisión de tutelas destacó que cuando al accionante se le negó uno de los recursos contemplados en la ley para la materialización del derecho cuestionado, por haberlo presentado de manera extemporánea, significa que no agotó todos los mecanismos jurídicos de los que disponía y, por lo tanto, la acción de tutela es improcedente, pues no llena el requisito de subsidiariedad, que exige, precisamente, que se hayan agotado todos los mecanismos judiciales que sean del caso (M. P. Mauricio González Cuervo).
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