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Corte Constitucional protege restricción de acceso a información de antecedentes penales (10:30 a.m.)

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21 de Enero de 2013

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La Corte Constitucional respaldó la restricción al acceso que puedan tener terceros a la información de antecedentes penales de los ciudadanos, cuando se encuentren en riesgo derechos fundamentales como el hábeas data, el buen nombre y el derecho al trabajo. La corporación recordó que la sentencia SU-458 del 2012 ordenó modificar el sistema de consulta, para que, tanto personas que nunca han sido requeridas por autoridad judicial como aquellas que hoy no lo están por cumplimiento de penas o extinción de ellas, obtengan certificados con la leyenda “no tiene asuntos pendientes con las autoridades judiciales”. Esto último en aras a que terceros sin interés legítimo en el conocimiento de estos datos no puedan deducir la preexistencia de condenas o actuaciones penales que ya no estén en curso contra el titular de dicha información (M. P. María Victoria Calle).

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