Corte avala decreto que autoriza al Fonse a realizar operaciones de crédito público
27 de Agosto de 2020
La Corte Constitucional determinó que el Decreto 809 del 2020 cumple con las exigencias formales y materiales previstas en la Carta Política, la ley estatutaria de los estados de excepción y precisadas en la jurisprudencia para las medidas que puede adoptar el Gobierno para conjurar la crisis generada por la pandemia de covid19 e impedir la extensión de sus efectos. Para la Corte, las medidas robustecen las fuentes de recursos mediante operaciones de crédito público inmediatas y temporales para financiar los esquemas de solución a largo plazo y asegurar la continuidad en la prestación de los servicios públicos para los hogares de las zonas en las que operan las empresas intervenidas, particularmente de las familias en los estratos 1 y 2, y garantizan la suficiencia en el servicio para una exitosa reactivación económica en dichas regiones. Lo anterior sin afectar la solvencia del Fonse ni del fondo empresarial, por tratarse de condiciones crediticias favorables para estos. La magistrada Cristina Pardo se declaró en desacuerdo con la decisión.
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