Coronavirus (covid-19)Adoptan medidas para servicios notariales en atención a toques de queda continuos
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23 de Abril de 2021
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En aquellos casos en los que alcaldes y gobernadores, como medidas para contener la propagación del covid-19, adopten toque de queda continuo o medidas equivalentes que impliquen la restricción de la movilidad por un día o más se deberán observar las siguientes indicaciones: si se establece como excepción a la restricción de la movilidad la prestación del servicio notarial, este deberá prestarse por parte de los notarios. En este caso lo despachos podrán suspender, únicamente, el servicio para los días sábados y domingos. Pero si en el acto administrativo no se contempla dicha excepción a la medida adoptada, la Superintendencia de Notariado autoriza la suspensión del servicio para los días que estén en vigor las disposiciones.
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