Radican ponencia para penúltimo debate al proyecto que prohíbe las “terapias de conversión”
30 de Mayo de 2024
Ante la Comisión Primera del Senado de la República fue radicada la ponencia para tercer debate al proyecto de ley 272/22C-270/24S, con el cual buscan prohibir los Esfuerzos de Cambio de Orientación Sexual e Identidad y Expresión de Género (Ecosieg), mejor conocidos como “terapias de conversión”, a las que son sometidas personas de la comunidad LGBTIQ+ de Colombia.
La iniciativa establece agravantes penales para las prácticas violentas con este fin y promueve la no discriminación y la no patologización por motivos de orientación sexual, identidad y expresión de género en el territorio nacional como medidas tendientes a la protección de la diversidad sexual y de género; también incorpora sanciones a las conductas previamente descritas. (Lea: Aprobada iniciativa que prohibiría las terapias de conversión)
El texto es enfático en recordar que “las orientaciones sexuales, así como las identidades de género y las expresiones de género no son consideradas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) ni por la Asociación de Psiquiatría Americana (APA) como una patología, discapacidad mental, problema sicosocial o desorden sexual”, por lo que establece que estas no podrán ser bajo ninguna circunstancia un criterio único catalogador de trastorno mental, discapacidad mental, problema sicosocial o enfermedad mental.
Asimismo, la normativa faculta al Ministerio de Salud y Protección Social y la Superintendencia de Salud para que, dentro de los seis meses de la entrada en vigencia de la ley, determinen las estrategias y lineamientos para la implementación de los mecanismos administrativos para la investigación, vigilancia y sanción de las personas naturales o jurídicas que practiquen un Ecosieg. (Lea: Parejas heterosexuales y del mismo sexo tienen igual libertad probatoria para acreditar convivencia en pensión de sobreviviente)
El proyecto determina también las sanciones para las instituciones y personal de salud que promuevan o practiquen un Ecosieg: “La(s) autoridad(es) disciplinaria(s) competente(s) como tribunales de ética médica, entre otros, deberá(n) iniciar el proceso disciplinario respectivo, de conformidad con lo previsto en la Ley 23 de 1981 y en la Ley 1952 del 2019 cuando corresponda”, en el caso de las personas jurídicas, será la Superintendencia de Salud quien deberá iniciar el proceso administrativo sancionatorio que proceda y podrá imponer como sanciones la suspensión o cancelación de las licencias y autorizaciones de funcionamiento.
De otro lado, la normativa dicta que las entidades territoriales, en coordinación con el Ministerio del Interior, investigarán y sancionarán a las personas jurídicas que no hagan parte del sector salud y que promuevan o practiquen un Ecosieg. Estas sanciones serán la suspensión o cancelación de la personería jurídica sin perjuicio de la acción penal a la que haya lugar.
“El Ministerio de Justicia y el Derecho junto con la Fiscalía General de la Nación deberán elaborar dentro del año siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley un protocolo de investigación criminalística que permita adaptar la política criminal al reconocimiento y respeto de la diversidad sexual y las orientaciones e identidades de género”, se lee en el texto. Este protocolo buscará lograr una atención eficiente de denuncias y la priorización de casos de discriminación y tortura cuyo móvil sea un esfuerzo por corregir o reprimir la orientación sexual, la identidad o expresión de género, en donde se tenga en cuenta una línea telefónica o medio de atención virtual único y especial para este tipo de casos. (Lea: Ordenan a influenciador informar sobre impactos negativos de discursos de odio contra población LGBTIQ+)
Adicionalmente, la normativa incluiría en las circunstancias de agravación punitiva establecidas en el Código Penal colombiano las conductas que se cometan con la intención de corregir o reprimir la orientación sexual, la identidad o la expresión de género, constituyendo prácticas Ecosieg, en cuyos casos las penas se aumentarán de una tercera parte a la mitad.
Se espera que la iniciativa sea aprobada por la Comisión Primera del Senado para posteriormente discutirse en su cuarto y último debate en la plenaria de la Corporación.
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