15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 19 hours | ISSN: 2805-6396

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Radican ponencia para penúltimo debate al proyecto que prohíbe las “terapias de conversión”

30 de Mayo de 2024

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Nota:
189006

Ante la Comisión Primera del Senado de la República fue radicada la ponencia para tercer debate al proyecto de ley 272/22C-270/24S, con el cual buscan prohibir los Esfuerzos de Cambio de Orientación Sexual e Identidad y Expresión de Género (Ecosieg), mejor conocidos como “terapias de conversión”, a las que son sometidas personas de la comunidad LGBTIQ+ de Colombia.

La iniciativa establece agravantes penales para las prácticas violentas con este fin y promueve la no discriminación y la no patologización por motivos de orientación sexual, identidad y expresión de género en el territorio nacional como medidas tendientes a la protección de la diversidad sexual y de género; también incorpora sanciones a las conductas previamente descritas. (Lea: Aprobada iniciativa que prohibiría las terapias de conversión)

El texto es enfático en recordar que “las orientaciones sexuales, así como las identidades de género y las expresiones de género no son consideradas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) ni por la Asociación de Psiquiatría Americana (APA) como una patología, discapacidad mental, problema sicosocial o desorden sexual”, por lo que establece que estas no podrán ser bajo ninguna circunstancia un criterio único catalogador de trastorno mental, discapacidad mental, problema sicosocial o enfermedad mental.

Asimismo, la normativa faculta al Ministerio de Salud y Protección Social y la Superintendencia de Salud para que, dentro de los seis meses de la entrada en vigencia de la ley, determinen las estrategias y lineamientos para la implementación de los mecanismos administrativos para la investigación, vigilancia y sanción de las personas naturales o jurídicas que practiquen un Ecosieg. (Lea: Parejas heterosexuales y del mismo sexo tienen igual libertad probatoria para acreditar convivencia en pensión de sobreviviente) 

El proyecto determina también las sanciones para las instituciones y personal de salud que promuevan o practiquen un Ecosieg: “La(s) autoridad(es) disciplinaria(s) competente(s) como tribunales de ética médica, entre otros, deberá(n) iniciar el proceso disciplinario respectivo, de conformidad con lo previsto en la Ley 23 de 1981 y en la Ley 1952 del 2019 cuando corresponda”, en el caso de las personas jurídicas, será la Superintendencia de Salud quien deberá iniciar el proceso administrativo sancionatorio que proceda y podrá imponer como sanciones la suspensión o cancelación de las licencias y autorizaciones de funcionamiento.

De otro lado, la normativa dicta que las entidades territoriales, en coordinación con el Ministerio del Interior, investigarán y sancionarán a las personas jurídicas que no hagan parte del sector salud y que promuevan o practiquen un Ecosieg. Estas sanciones serán la suspensión o cancelación de la personería jurídica sin perjuicio de la acción penal a la que haya lugar.

“El Ministerio de Justicia y el Derecho junto con la Fiscalía General de la Nación deberán elaborar dentro del año siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley un protocolo de investigación criminalística que permita adaptar la política criminal al reconocimiento y respeto de la diversidad sexual y las orientaciones e identidades de género”, se lee en el texto. Este protocolo buscará lograr una atención eficiente de denuncias y la priorización de casos de discriminación y tortura cuyo móvil sea un esfuerzo por corregir o reprimir la orientación sexual, la identidad o expresión de género, en donde se tenga en cuenta una línea telefónica o medio de atención virtual único y especial para este tipo de casos. (Lea: Ordenan a influenciador informar sobre impactos negativos de discursos de odio contra población LGBTIQ+)

Adicionalmente, la normativa incluiría en las circunstancias de agravación punitiva establecidas en el Código Penal colombiano las conductas que se cometan con la intención de corregir o reprimir la orientación sexual, la identidad o la expresión de género, constituyendo prácticas Ecosieg, en cuyos casos las penas se aumentarán de una tercera parte a la mitad.

Se espera que la iniciativa sea aprobada por la Comisión Primera del Senado para posteriormente discutirse en su cuarto y último debate en la plenaria de la Corporación.

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