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06 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Proyecto de ley “Sara Sofia” pasará a debatirse en el Senado

22 de Abril de 2024

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Proyecto de ley “Sara Sofia” pasará a debatirse en el Senado

La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó, en segundo debate, el proyecto de ley 266/23C, mediante el cual crea y reglamenta la Alerta Colombia como una herramienta ágil de difusión de información de niños y niñas que se encuentren extraviados en el territorio colombiano.

“Lastimosamente las cifras de niños y niñas desaparecidos en nuestro país no son alentadoras y resultan muy preocupantes. Se observa la gravedad del asunto al verificar que en los últimos 20 años se reportaron 41.714 menores de edad como desaparecidos, según las cifras reportadas por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses”, comentó el representante liberal, Carlos Ardila, ponente del proyecto. (Lea: Menores podrán salir del país sin la autorización de padres morosos)

La iniciativa establece que la Alerta Colombia podrá solicitarse en un CAI o través del sitio web de la Policía Nacional, ante situaciones de un menor desaparecido. Para esto, los padres, familiares con patria potestad o el ICBF deberán diligenciar y firmar un documento que autorice hacer uso de los datos biométricos y personales de los niños y niñas extraviados en el territorio colombiano a la Policía Nacional.

“Dos días después de realizar el reporte en la plataforma virtual o de manera personal ante el CAI o estación de policía, y de no encontrarse el niño o niña extraviado, la Policía Nacional, por medio de oficio, deberá realizar la denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, quien deberá actuar de manera prioritaria para el inicio de las investigaciones pertinentes”, se lee en el documento. (Lea: Menores de edad tienen derecho a ser escuchados en procedimientos administrativos y judiciales)

Entre los datos biométricos y personales mínimos requeridos que delimita la iniciativa para hacer uso en la Alerta Colombia están: (i) nombres y apellidos del niño o niña; (ii) número de identificación; (iii) género y edad; (iv) descripción física; (v) última fotografía que garantice identificación; (vi) descripción de las características particulares del niño o niña, que faciliten su identificación, tales como cicatrices, tatuajes, entre otros, y (vii) descripción de la última vestimenta con la que fue visto.

De otro lado, se establece que los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones móviles deberán garantizar la divulgación, de forma gratuita de la Alerta Colombia, con la información de los niños o niñas extraviados. Esta alerta deberá ser enviada a todos los teléfonos móviles que se encuentren en la zona donde se extravió el menor.

La Alerta Colombia deberá llegar a la pantalla principal de los teléfonos móviles de todas las personas que se encuentren en la zona donde se extravió el menor. Esta deberá realizarse tres veces al día desde el inicio de la misma y mínimo durante los tres días posteriores al inicio de la alerta, salvo que antes de este término el niño o niña sea encontrado.

“Se busca crear una alerta que permita a los colombinos, al país, encontrar a niños y niñas cuando estén desaparecidos. El tiempo en estos casos es primordial para la vida de los niños y niñas”, comentó el representante Ardila.

Finalmente, el congresista señaló que esta ley busca conmemorar la tragedia que se vivió en enero del 2020, cuando desapareció la niña Sara Sofía.

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