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Piden ampliar publicaciones amparadas por la Ley del Libro
24 de Julio de 2012
La Corte Constitucional admitió una demanda en contra de algunas excepciones consagradas en la Ley 98 de 1993, que estableció beneficios para estimular la industria editorial en Colombia.
La petición se dirige en contra de las expresiones “fotonovelas”, “tiras cómicas o historietas gráficas”. A juicio de las demandantes, estas excepciones vulneran los artículos 13, 61 y 363 de la Constitución.
Según los accionantes, es evidente que en Colombia no se les da reconocimiento a las obras literarias ni libros o revistas que contengan viñetas al cómic, como las fotonovelas. Así mismo, no existe ninguna razón jurídica para excluir a este tipo de publicaciones de los beneficios previstos en la Ley 98, advierten.
“En las normas demandadas claramente se encuentran incluidos textos científicos, culturales, didácticos, y de investigación, pero se deja de lado otras obras o producciones como las ya mencionadas, presentándose una clara violación a los derechos de propiedad intelectual y al deber del Estado de proteger toda obra que sea producto de la intervención de una persona”, señala la demanda.
El comic, afirman, tiene protección legal, como lo evidencia la Ley de Protección Intelectual de España, que cobija todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, entre ellas las esculturas y las obras de pintura, dibujo, grabado, litografía y las historias graficas, tabeos o comics, así como ensayos o bocetos y demás obras plásticas, sean o no aplicadas.
(Demandantes: Juliana Castro, Juliana Fernández y Lina Gómez)
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