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Ministros son voceros del Gobierno cuando presentan actos legislativos: Corte Constitucional
25 de Junio de 2012
La Corte Constitucional oficializó el texto del fallo que declaró exequible el Acto Legislativo 2 del 2011, que eliminó la Comisión Nacional de Televisión (Cntv).
El demandante argumentaba la falta de la firma del Presidente de la República en la presentación del proyecto de acto legislativo, que sí fue suscrito por los ministros de Gobierno.
Sin embargo, la Corte recordó que los ministros son voceros del Gobierno cuando presentan estas iniciativas, presunción que, en todo caso, puede ser desvirtuada, tal como lo ha señalado la jurisprudencia constitucional.
“La competencia que conforme a los artículos 200 y 208 tienen los Ministros del Despacho no se limita, pues, a la tarea de presentar físicamente los proyectos o hacer la radicación personal de los mismos, requisito que no es exigible conforme al ordenamiento, sino a la capacidad jurídica de presentarlos en representación del Gobierno”, sostiene el fallo.
Como en este caso el actor no desvirtuó dicha presunción, no se desconoció ninguna regla constitucional sobre la iniciativa para presentar proyectos de reforma constitucional, concluyó la Corte.
(Corte Constitucional, Sentencia C-294, abr. 18/12, M. P. María Victoria Calle Correa)
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