Pasar al contenido principal
18 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 16 minutos | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Listo protocolo de protesta pacífica

09 de Agosto de 2018

Reproducir
Nota:
34703
Imagen
policia-nacional-esmad-fuerzas-armadasponal-1509241824.jpg

El Ministerio del Interior publicó la norma que informa sobre la formalización del protocolo para la adopción de medidas pertinentes por parte de las autoridades del orden Ejecutivo, en coordinación con la Policía Nacional, dirigidas a respetar y garantizar el ejercicio de la protesta pacífica como una actividad legítima de los derechos de reunión, manifestación pública y pacífica, libertad de asociación, libre circulación, a la libre expresión, libertad de conciencia, a la oposición y a la participación.

 

La resolución indica que no se modifica norma alguna de rango superior ni constituye una regulación, sino que compila las disposiciones vigentes y la jurisprudencia pertinente, respetando el marco de competencias y autonomía de las distintas entidades.

 

Es de advertir que aunque se indica que el protocolo forma parte integral de la misma, este no se encuentra adjunto al acto administrativo.

 

Jurisprudencia

 

Justamente, el Consejo de Estado condenó hace varios meses a la Policía Nacional al pago de $ 700 millones por la muerte de un estudiante de Ingeniería Química de la Universidad del Valle, durante una protesta que se presentó hace 12 años en inmediaciones de la institución educativa.

 

Con ponencia del consejero Hernán Andrade Rincón, la Sección Tercera precisó que aunque la actuación del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) estuvo precedida de un fin legítimo, como era evitar que los estudiantes bloquearan la vía pública, desconoció en el operativo los principios de precaución y proporcionalidad, para evitar que se ocasionaran daños a los manifestantes.

 

“Solo el hecho de hacer parte de una protesta ciudadana no representa la trasgresión al ordenamiento jurídico, puesto que los habitantes tienen derecho a expresar su disenso frente a las medidas que adopten las autoridades estatales”, conceptúa el fallo. (Lea: Explican condena a la Nación por omitir pago de recompensa ofrecida por el expresidente Pastrana)

 

Acerca del caso concreto, los hechos ocurrieron cuando se presentaron enfrentamientos entre los estudiantes y personal del Esmad, quienes ingresaron al centro educativo y se dirigieron hacia donde los estudiantes tenían instalado un campamento.

 

Allí procedieron a agredir y a detener a varias personas. Esto provocó que varios jóvenes salieran corriendo al ser perseguidos. En ese instante se escucharon disparos y cayó herido el estudiante de ingeniería que fue trasladado a la Fundación Valle del Lili, a donde llegó sin signos vitales.

 

Frente a este panorama, la Sala concluyó que las autoridades policivas deben estar preparadas para mantener el orden, pero siempre respetando los derechos fundamentales de las personas, entre ellos “el de su dignidad y el espacio de libertad que requiere la protesta misma”.

 

Mininterior, Resolución 1190, Ago. 3/18.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)