Gobierno crea el Sistema Nacional de Derechos Humanos | Ámbito Jurídico
14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Gobierno crea el Sistema Nacional de Derechos Humanos

04 de Noviembre de 2011

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Nota:
27771

En cumplimiento de la Ley 1450 del 2011 (Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014), el Gobierno creó y organizó el Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario (DIH), que busca articular y coordinar las normas, las políticas, las entidades y las instancias del orden nacional y territorial para promover el respeto y la garantía de los derechos humanos y la aplicación del DIH.

Los principios y criterios que regirán el funcionamiento del sistema son los consagrados en la Constitución Política y en los tratados internacionales sobre la materia, entre ellos, el principio pro persona, el de igualdad y no discriminación, el de progresividad y no regresividad y los de coordinación, concurrencia, subsidiariedad y complementariedad, establece el Decreto 4100 del 2 de noviembre.

El primero se refiere a la aplicación de las normas según la interpretación más amplia, extensiva y garantista a favor del ser humano. Por el contrario, cuando se establezcan restricciones, limitaciones o suspensiones al ejercicio de los derechos, se acudirá a la interpretación más restringida.

El sistema estará estructurado en subsistemas, integrados por las entidades públicas e instancias competentes en materia de respeto y garantía de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, colectivos y del ambiente y de la aplicación del DIH.

El Decreto 4100 también reestructuró la Comisión Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, presidida por el Vicepresidente de la República, que se encargará de la definición, la promoción, la orientación, la articulación, el seguimiento y la evaluación de la política integral de derechos humanos y de la respuesta e impulso al cumplimiento de los compromisos internacionales en este campo.

También formarán parte de esa instancia los ministros del Interior, de Relaciones Exteriores, de Justicia y del Derecho, de Defensa Nacional, de Agricultura y Desarrollo Rural, de Salud y Protección Social, de Trabajo, de Educación Nacional y de Cultura y el Director de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional o sus respectivos delegados.

La comisión podrá invitar a sus sesiones a otros altos funcionarios, así como a representantes de organizaciones étnicas, de derechos humanos, sociales, gremiales y académicas y de organismos internacionales de derechos humanos.

Por su parte, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República, el Consejo Superior de la Judicatura y el Congreso de la República serán invitados permanentes.

La comisión sesionará, de forma ordinaria, al menos una vez cada tres meses, y de manera extraordinaria, cuando las circunstancias lo ameriten, por solicitud de alguno de sus miembros.

(Mininterior, D. 4100, nov. 2/11)

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