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Actualizado hace 2 minutes | ISSN: 2805-6396

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Estudian tutela para aliviar la dramática situación de los litigantes

17 de Abril de 2020

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El Colegio de abogados litigantes para la defensa de la independencia, la autonomía y la modernidad en línea con el Estado y la comunidad presentó una acción de tutela contra el Consejo Superior de la Judicatura, el Presidente de la República, el Congreso de la República, los ministerios de Justicia y del Trabajo ante la que consideran vulneración de sus derechos al trabajo, al mínimo vital y móvil, al acceso a la seguridad social integral y la salud física y mental.

 

De igual forma, por atentar contra los derechos a la supervivencia y de sus familias, a la dignidad humana; a la autonomía profesional; a la igualdad jurídica y material; a tener un juez natural; a participar democráticamente en la conformación de los órganos de administración judicial; a la seguridad jurídica; acceso real a la administración de justicia; a la pronta, recta y cumplida administración de justicia y otros derechos fundamentales conexos.

 

Hechos

 

Según el escrito, “las diferentes autoridades administrativas y judiciales del país han sido unísonas en tomar decisiones de defender el derecho al trabajo, para darle continuidad a la función pública que cumplen dichas autoridades, propiciando el trabajo en casa y el teletrabajo”.

 

En tal sentido, el Consejo Superior de la Judicatura ordenó la suspensión de términos ante el aislamiento obligatorio ordenado por el Presidente Iván Duque. (Lea: Mitos y realidades de la práctica del Derecho)

 

Corpolitigantes asegura que ninguna autoridad del país, en especial las del poder judicial, ha tenido en cuenta la suerte de los abogados litigantes del país, quienes se autodefinen como:

 

a)      Trabajadores independientes que le aportan al PIB real del país.

 

b)      No son una carga para el país pues, en principio, generan su propio empleo.

 

c)       Son generadores de empleo con una carga laboral y prestacional sobre nuestras espaldas y empresas unipersonales o colectivas con responsabilidad social empresarial. Generamos más empleo que el propio Estado.

 

d)      Son parte activa del sistema judicial del país.

 

https://twitter.com/abogadocerrador/status/1245307762852204544?s=20

 

Así las cosas, argumentaron en la acción constitucional que las medidas tomadas no tuvieron en cuenta la protección de sus derechos, dado que, de manera equívoca, se piensa que el sector justicia solo es operador judicial o empleado judicial, desconociendo y discriminando el verdadero aporte del trabajo profesional de los litigantes del país.

 

Sumado a ello, indicaron que todos los acuerdos expedidos hasta ahora por el Consejo Superio “se limitaron a hablar solo de servidores y usuarios, sin mencionar siquiera la protección de la salud de los abogados litigantes, como si nosotros fuésemos meros espectadores virtuales de esta tragedia mundial”.

 

Caso contrario ocurre, siempre según Corpolitigantes, para los efectos sancionatorios disciplinarios, puesto que nos incluyen como verdaderos actores del sistema de administración de justicia. (Lea: Los retos en la formación de los abogados del futuro)

 

Con todo lo anterior, solicitan la protección a los derechos invocados y piden a las autoridades demandadas proferir todas las decisiones administrativas necesarias.

 

Del mismo modo, solicitan implementar en tiempos concretos e inmediatos mecanismos reales y efectivos para la entrega de ayudas económicas o de compensaciones salariales o bonificaciones a efectos de mitigar la situación, hasta que reestablezca el servicio público de justicia.

 

Auto admisorio

 

La Sección Tercera del Consejo de Estado admitió la acción presentada y vinculó como terceras personas interesadas a la Federación de Colegios de Abogados de Colombia, a la Procuraduría General de la Nación, a la Defensoría del Pueblo y al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

 

Consejo de Estado, Sección Tercera, Auto 11001031500020200102300, Abr. 14/20.

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