Competencia para autorizar la instalación de estaciones de servicio en carreteras es del Minminas y no del Mintransporte (11:45 a.m.)
30 de Diciembre de 2011
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Nota:
78083
El Gobierno acaba de modificar el Decreto 4299 del 2005, que exigía autorización del Ministerio de Transporte, el Invías o el Instituto Nacional de Concesiones (hoy Agencia Nacional de Infraestructura) para la instalación de estaciones de servicio en las carreteras nacionales. El Decreto 4915 del 26 de diciembre aclara que la competencia de esa cartera y de sus entidades adscritas es emitir un concepto técnico de ubicación de las mismas, pues la autorización para ejercer la actividad de distribución minorista de combustibles la otorga el Ministerio de Minas y Energía o la autoridad en quien este delegue.
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