13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General

General


Gobierno modifica y adiciona la legislación aduanera

09 de Mayo de 2011

Reproducir
Nota:
28703
Imagen
medi-110509-06-comercioexterior-1509244297.jpg

Foto: Thinkstock

 

Con el propósito de facilitar y dinamizar el comercio internacional, el Gobierno modificó y adicionó el Estatuto Aduanero (D. 2685/99), en lo que tiene que ver con el régimen de zonas francas, las causales de aprehensión de mercancías y la exportación por tráfico postal y envíos urgentes, entre otras materias.

 

En cuanto al primer tema, el Decreto 1446 del pasado 5 de mayo dispuso que el pago de las declaraciones de importación que se presenten para las operaciones de salida de zona franca al resto del territorio aduanero nacional deberá efectuarse, a más tardar, dentro de los dos meses siguientes a la fecha de presentación y aceptación de las mismas. En caso contrario, se deberá tramitar una nueva declaración.

 

En virtud del principio de eficiencia administrativa, y con miras a garantizar un servicio ágil y oportuno a los usuarios aduaneros, la norma también contempla mecanismos para corregir las omisiones o los errores cometidos en la declaración de importación y evidenciados en la inspección, así como los errores u omisiones parciales detectados después del levante de la mercancía, para lo cual se ajustaron las causales de aprehensión.

 

De esta forma, en la modalidad de importación ordinaria, la autorización de levante procederá, entre otros eventos, cuando en la inspección aduanera física se detecten errores u omisiones en la serie, el número que la identifica, la referencia, el modelo o la marca, se advierta una descripción incompleta de la mercancía que impida su individualización o se detecten otros errores u omisiones y el declarante, dentro de los cinco días siguientes a la práctica de dicha diligencia, presente declaración de legalización que los subsane, “sin pago por concepto de rescate”.

 

Otra novedad es el incremento del monto máximo que podrá exportarse a través de la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, que pasa de 2.000 a 5.000 dólares. Esta medida forma parte del proyecto gubernamental Exportafácil, que busca simplificar los trámites de exportación, reducir costos, incrementar y descentralizar las exportaciones y promover la formalización de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).

 

(Minhacienda, D. 1446, mayo 5/11)

 

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)