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Colombia no requerirá la impresión del número de notificación sanitaria obligatoria en la etiqueta o empaque del producto cosmético

05 de Marzo de 2021

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Nota:
118612
En línea con la directriz del Gobierno relacionada con el apoyo a la formalización del sector productivo a través de la eliminación de trámites innecesarios y con el propósito de brindar una mayor agilidad frente a la entrada al mercado de productos cosméticos en Colombia, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) informó, a los usuarios de la industria cosmética y a la comunidad en general, que se acogió a lo previsto en el artículo 1º de la Decisión 857 del 2020, por lo cual, desde hoy 5 de marzo, no exigirá en el territorio nacional la impresión y/o declaración del número de notificación sanitaria obligatoria en la etiqueta, envase o empaque del producto cosmético.

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