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Trámites afectan derechos de las parejas del mismo sexo
24 de Enero de 2012
La discriminación por la orientación sexual se siente hasta en los trámites. Así lo ha diagnosticado la Corte Constitucional, en una serie de fallos de tutela en los que les ha tenido que eliminar las trabas que entidades públicas y privadas les ponen a las parejas homosexuales para el reconocimiento de sus derechos.
En asuntos como la definición del estado civil, el acceso a salud y pensiones y los procesos de sucesión, las parejas gay continúan sometidas a requisitos que les impiden acceder a todas las garantías concedidas por la jurisprudencia constitucional.
Y el gran foco de la discriminación por “tramitomanía” está en la prueba de la unión de hecho de las parejas del mismo sexo.
En una sentencia reciente, la Corte reiteró que la declaración de esta unión no está sometida a una tarifa legal en materia probatoria. Por lo tanto, a las parejas gay no se les puede exigir la presentación de una declaración notarial ni un acta de conciliación como prueba.
El tribunal constitucional recordó que la unión se puede demostrar acudiendo a todos los medios probatorios aceptados en el sistema jurídico colombiano, como las declaraciones de testigos y los interrogatorios de parte.
Además, volvió a llamarles la atención a las autoridades administrativas y a los jueces, para que supriman las trabas y los requisitos innecesarios, que impiden que la población homosexual acceda al pleno reconocimiento de sus derechos.
(Corte Constitucional, Sentencia T-717, sep. 22/11. M. P. Luis Ernesto Vargas)
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