General
Juez de tutela no puede hacer un examen minucioso del proceso conocido por un juez permanente
21 de Octubre de 2011
La tutela, al ser un mecanismo extraordinario, no permite realizar un examen minucioso del proceso conocido por un juez permanente, advirtió la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia del pasado 10 de octubre.
Según el fallo, realizar un nuevo estudio de los medios probatorios allegados oportunamente al proceso o interferir en la interpretación de las normas relacionadas con el debate implicaría invadir la competencia del juez encargado de resolver la controversia.
El alto tribunal añadió que la diferencia de criterios con lo decidido en las instancias regulares del proceso no es una razón para contrarrestar sus efectos.
Con estos argumentos, negó una tutela interpuesta por una sociedad demandante en un proceso ejecutivo, que pretendía que se revocara la sentencia de segunda instancia, en la que se desestimaron sus pretensiones porque no probó el perjuicio alegado. La Corte consideró que el tribunal no incurrió en una vía de hecho.
(CSJ, S. Civil, Sent. 1100102030300020110207700, M. P. William Namén Vargas, Oct. 10/11)
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