Ciudadano debe asumir el costo de la licencia de conducción que obtiene por primera vez (3:54 p.m.)
28 de Agosto de 2012
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Nota:
82793
La Ley 1005 del 2006, por la cual se adicionó el Código Nacional de Tránsito Terrestre, solo contempló la gratuidad para la renovación de la licencia de conducción por una sola vez. Por lo tanto, el ciudadano debe asumir el costo cuando la licencia se obtiene por primera vez, por cambio de categoría, duplicado por deterioro o pérdida y cuando se requiera su refrendación, es decir, para el servicio público (cada 3 años) y para conductores de servicio público mayores de 65 años (anualmente).
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