Bicicletas eléctricas deben tener SOAT (11:30 a.m.)
85130
17 de Diciembre de 2012
Escucha esta noticia audio generado con IA
Teniendo en cuenta que la normativa vigente cataloga o asimila a la bicicleta eléctrica como motocicleta, debido a que posee dos ruedas en línea y es automotor, sobre la misma debe efectuarse su registro inicial ante un organismo de tránsito, puede ser objeto de inmovilización y debe cumplir las obligaciones generales para todo tipo de vehículo, es decir, estar matriculado, portar placas, ser conducido por una persona con licencia, portar casco y chaleco y poseer seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), precisó el Ministerio de Transporte.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!