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Bicicletas eléctricas deben tener SOAT (11:30 a.m.)

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17 de Diciembre de 2012

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Teniendo en cuenta que la normativa vigente cataloga o asimila a la bicicleta eléctrica como motocicleta, debido a que posee dos ruedas en línea y es automotor, sobre la misma debe efectuarse su registro inicial ante un organismo de tránsito, puede ser objeto de inmovilización y debe cumplir las obligaciones generales para todo tipo de vehículo, es decir, estar matriculado, portar placas, ser conducido por una persona con licencia, portar casco y chaleco y poseer seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), precisó el Ministerio de Transporte.

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