Amplían plazo para la inscripción en el registro único de comercializadores de minerales (12:48 p.m.)
15 de Abril de 2013
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Nota:
87595
El Ministerio de Minas precisó que quienes realicen de forma regular la actividad de comprar y vender minerales para transformarlos, beneficiarlos, distribuirlos, intermediarlos, exportarlos o consumirlos tendrán nueve meses para inscribirse en el Registro único de comercializadores de minerales (Rucom). También, aclaró que no tienen la obligación de inscribirse en el Rucom quienes comercializan los productos ya elaborados para joyería y los consumidores ocasionales de minerales. Por lo cual, precisó que se entienden por consumidores ocasionales de minerales aquellas personas jurídicas o naturales que adquieren minerales de manera no regular en el tiempo, los cuales no hacen parte de un proceso o actividad económica y solamente son usados en el desarrollo de una actividad puntual y concreta.
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