Amplían plazo de entrega de documentación para asignar combustibles líquidos excluidos de IVA en zonas de frontera
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08 de Septiembre de 2020
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Las nuevas estaciones de servicio automotriz o fluvial ubicadas en los municipios reconocidos como zonas de frontera que pretendan ser objeto de la asignación de volúmenes máximos de combustibles líquidos exentos de IVA y exentos de arancel e impuesto nacional a la gasolina, a realizarse en el mes de octubre de este año, deberán entregar a la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas, a más tardar el 2 de octubre, inclusive, la totalidad de la documentación establecida en el artículo 2.2.1.1.2.2.3.90 del Decreto 1073 del 2020. La norma advierte que las estaciones que presenten la documentación incompleta o después de la fecha límite no serán objeto de la asignación.
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