Regulan requisitos para registrar viveros dedicados a la producción de material vegetal de propagación para siembra
09 de Diciembre de 2020
Reproducir
Nota:
119755
El ICA estableció los requisitos para el registro de viveros y huertos básicos dedicados a la producción y comercialización de material vegetal de propagación y/o plantas vivas para la siembra u ornato en el país con el fin de garantizar su calidad. Así, toda persona natural o jurídica que se dedique a dichas actividades debe registrar el vivero o el huerto básico ante la Gerencia Seccional del ICA de la jurisdicción donde se encuentre ubicado, mediante solicitud que cumpla con los requisitos señalados en la Resolución 780006 del 2020, entre ellos informar la capacidad de producción por especie (número de plantas por especie producidas/anual), la cual deberá ser acorde a la infraestructura del lugar así como con los registros de compra de semilla; describir los procesos generales de producción del material vegetal de propagación para cada grupo y para aquellos que dentro de sus áreas se provean de semilla sexual para la producción de plantas, deberán informar las áreas destinadas para ello indicando especies, variedades, número de plantas y área en metros cuadrados.
Opina, Comenta