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En el marco del TLC con México, Minagricultura reglamenta cupos de exportación de estos productos

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06 de Agosto de 2020

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Resolución 0181 del 2020, el Ministerio de Agricultura reglamentó el cupo de exportación para aceites de soya, girasol o cártamo, nabo o colza, correspon­diente al décimo año otorgado por México a bienes originarios de Colombia, establecidos en el anexo 4, artículo 5-04 Bis, Sección B, del Decreto 2676 del 2011, modificado por el Decreto 0015 del 2012. Igualmente, con la Resolución 0182 del 2020 se reglamentaron los cu­pos de exportación para harina de trigo, grañones y sémola de trigo.

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