Competencia de Minambiente para vigilar a las CAR no vulnera el principio de autonomía (3:42 p.m.)
20 de Febrero de 2012
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Nota:
79286
La Procuraduría General de la Nación apoyó la tesis de la Corte Constitucional, aplicada en la Sentencia C-462 del 2008, respecto a que la competencia del Ministerio de Ambiente (Minambiente) de vigilar a las corporaciones autónomas regionales (CAR) no vulnera el principio de autonomía. En ese sentido, el Ministerio Público recordó que las funciones asignadas a Minambiente en los numerales 10 y 14 del artículo 2° del Decreto 3570 del 2011 se encuentran previamente establecidas en la Ley 99 de 1993. Por ende, son solamente pautas o directrices que no exceden la competencia de la entidad. Sin embargo, la Procuraduría aclaró que si el artículo 18 de la Ley 1444 del 2011, que facultó al Gobierno para restructurar al Estado, es declarado inexequible, el Decreto 3570 también debe declararse inconstitucional.
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