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Agua potable para el consumo humano tiene carácter de derecho fundamental (12:33 p.m.)

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13 de Junio de 2013

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Aunque la Constitución no consagra expresamente el derecho al agua como fundamental, esta naturaleza jurídica deviene de su consagración en instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Colombia y que integran el denominado bloque de constitucionalidad, señaló la Corte Constitucional. Así, el alto tribunal le ordenó a una constructora realizar las adecuaciones técnicas necesarias para hacer efectiva la instalación del servicio a 330 viviendas de interés prioritario; a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) le pidió conectar el servicio de acueducto y alcantarillado y a la Secretaria de Ambiente realizar una gestión activa para garantizar la conexión al servicio sin impacto ambiental negativo (M. P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).

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