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Admiten demanda en contra de la elección de Paola Meneses como magistrada de la Corte Constitucional

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05 de Marzo de 2021

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La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad electoral en contra del acto de elección de Paola Meneses como magistrada de la Corte Constitucional, celebrado el 10 de diciembre del 2020 en el Senado de la República. El argumento de la demanda es que la forma en que se conformaron las ternas violó el espíritu democrático, debido a que no se hicieron mediante convocatoria sino a discrecionalidad del Presidente de la República. Adicionalmente, el demandante solicitó como medida cautelar la suspensión provisional del acto demandado por (i) violación del artículo 40, inciso 7, y del artículo 113 de la Constitución; (ii) violación del artículo 125, inciso 2, de la Carta y (iii) violación del parágrafo del artículo 125 superior. Sin embargo, en el estudio la Corporación no encontró fundado ninguno de los tres cargos, por lo que negó la medida cautelar. Por su parte, la Sala encontró acreditados los diferentes requisitos señalados por la ley para su admisibilidad (oportunidad de la acción y los presupuestos formales), por lo que es procedente su estudio. Por último, el alto tribunal precisó que pese a que el Consejo de Estado también tiene capacidad de ternar candidatos para la Corte Constitucional, en este caso podía conocer el caso dado que el acto de elección demandado era respecto de una terna de la Presidencia (C. P. Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez).

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