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Sigue controversia por tutela que ordenó a Procurador rectificar su posición sobre aborto

04 de Octubre de 2012

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Nota:
25816

Mediante la Sentencia T-627 del pasado 10 de agosto, la Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional tuteló los derechos fundamentales de 1.280 mujeres al acceso a los servicios de salud reproductiva, libre desarrollo de la personalidad, vida, salud física y mental, interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y a la información en materia reproductiva.

 

El fallo le ordenó al procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, rectificar su posición y sus directrices sobre el aborto y el Misoprostol, medicamento utilizado como acelerador de la IVE.

 

En cumplimiento de ese mandato, el jefe del Ministerio Público afirmó que la expresión “campañas masivas de promoción del aborto como derecho” debe entenderse como “campañas masivas de promoción de los derechos sexuales y reproductivos”. Adicionalmente, aclaró que la declaración ofrecida en diciembre del 2009 a un medio de comunicación sobre el tema no corresponde a la posición oficial de la Procuraduría.

 

Sin embargo, Ordoñez señaló que estas manifestaciones fueron hechas en cumplimiento de la orden impartida por la sentencia de tutela, sin perjuicio del incidente de nulidad que interpuso ante la Corte Constitucional, el pasado 24 de septiembre.

 

Cumplimiento del fallo

Junto con la lectura del comunicado de prensa del 19 de septiembre, en el que el Procurador rectifica sus afirmaciones, se surtieron otras actuaciones para acatar lo ordenado por el tribunal constitucional.

 

Así, el Ministerio Público expidió la Resolución 308 del 19 de septiembre, a través de la cual revoca la Circular 029 del 2010 y el numeral 8º de la primera directriz de la Circular 21 del 2011, relativas a la objeción de conciencia frente al cumplimiento de la Sentencia T-388 del 2009 sobre IVE.

 

Ese mismo día, la Procuradora Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia le solicitó a la Superintendencia de Salud hacer caso omiso de la comunicación del 2 de marzo del 2010, en la que pedía ajustar la Circular Externa 58 del 2009 a la normativa y jurisprudencia vigente para esa fecha. En el 2010, la delegada afirmó que no existe “ni en la Constitución ni en la ley el mal llamado derecho al aborto al que hace referencia la circular en cuestión”.

 

Posteriormente, el Ministerio de Salud informó, en un comunicado de prensa del 20 de septiembre, que la Comisión de Regulación en Salud continuará la revisión y validación técnica del principio activo Misoprostol en relación con sus usos farmacológicos y estableció un plazo de dos semanas para incluirlo en el plan obligatorio de salud.

 

Solicitud de nulidad

A pesar de la rectificación, Martha Isabel Castañeda, procuradora general de la Nación (e), le solicitó a la Corte Constitucional declarar nula la Sentencia T-627 del 2012.

 

Esta funcionaria argumentó la violación del debido proceso, irregularidades en el trámite del proyecto de fallo, falta de declaratoria de inhabilidad de dos magistrados y extralimitación de las funciones de la sala de revisión. Además, criticó que la sentencia se haya revelado a través de los medios de comunicación antes de notificarse a las partes.

 

De otro lado, cuestionó la concesión de una tutela promovida contra declaraciones de prensa, actos administrativos generales y actos administrativos particulares de los que, en su concepto, las accionantes no eran destinatarias y cuyas amenazas y vulneraciones a derechos fundamentales no fueron demostradas.

 

 

Importancia de la rectificación

 

En desarrollo de la Sentencia T-627 del 2012, a través de la cual se le ordenó al jefe del Ministerio Público rectificar su posición sobre el aborto, el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia) argumentó que el derecho a recibir información pública veraz e imparcial tiene como correlato la obligación proactiva de los servidores públicos de suministrarla.

 

En ese sentido, Dejusticia manifestó que la satisfacción del deber de transparencia está en cabeza de los órganos del Poder Ejecutivo, que se encargan de establecer y poner en práctica las políticas públicas.

 

De acuerdo con Vivian Newman Pont, subdirectora de Dejusticia, los ciudadanos están en una situación de fragilidad frente a la desinformación o manipulación informativa por parte de organismos públicos, especialmente de aquellos llamados a ser garantes de otros derechos. Por tanto, la importancia de la rectificación radica en la recuperación del derecho vulnerado, por lo cual esta debe tener el mismo despliegue que la información equivocada.

 

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