General
Reorganización del sistema de transporte masivo no puede discutirse a través de tutela
30 de Enero de 2012
Las decisiones de la administración sobre la reorganización del sistema de transporte masivo de pasajeros no pueden discutirse a través de la acción de tutela. De acuerdo con la Corte Constitucional, el escenario para controvertir estas actuaciones es la jurisdicción contencioso administrativa.
El alto tribunal recordó que, en este caso, la tutela solo procede si se prueba que es necesaria para evitar un perjuicio irremediable.
Si bien las medidas adoptadas pueden generarles un detrimento patrimonial a los transportadores, esta situación puede resolverse en la jurisdicción ordinaria, con mayor garantía para los derechos fundamentales, indicó la corporación.
En el caso analizado, la Corte negó las pretensiones de una propietaria de un bus de servicio público de Cali que solicitó la suspensión de la operación del sistema integrado de transporte (SITM-MIO) de esa ciudad, porque no demostró que le causara un perjuicio irremediable.
(Corte Constitucional, Sentencia T-590, ago. 4/11, M. P. Luis Ernesto Vargas Silva)
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