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Promulgan Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros

Este instrumento internacional de lucha contra la corrupción obliga a los Estados a perseguir penalmente el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales y a permitir la extradición de quienes incurran en est
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07 de Marzo de 2013

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El Ministerio de Relaciones Exteriores promulgó la convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, adoptada en París (Francia) el 21 de noviembre de 1997.

 

Este instrumento establece que tanto la investigación como el enjuiciamiento de tal delito deberán sujetarse a las normas aplicables de cada país, pues a través de este tratado los Estados se comprometen a penalizar los casos en que, en transacciones comerciales internacionales, personas o empresas de un país ofrezcan o concedan cualquier ventaja indebida a un servidor público extranjero para que actúe de determinada manera favorable a sus intereses particulares.

 

Según señala específicamente el Convenio: “cada parte tomará las medidas necesarias para tipificar como delito la complicidad, incluidas la incitación, la ayuda, la instigación o la autorización de un acto de cohecho de un servidor público extranjero. La tentativa y la confabulación para sobornar a un servidor público extranjero constituirán delitos penales en el mismo grado en que lo sean la tentativa y la confabulación para sobornar a un servidor público”.

 

Así mismo, la conducta deberá considerarse como un delito que dará lugar a la extradición, conforme con las leyes de las partes involucradas y los tratados vigentes.

 

Es válido recordar que Colombia adhirió a la convención, el 20 de noviembre del 2012, ante la Secretaría General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

 

Ministerio de Relaciones Exteriores, Decreto 0369, mar. 5/13

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